Cada vez más restaurantes de México incluyen la propina en su cuenta: Profeco tiene algo que decirles al respecto
La propina forma parte de muchas experiencias de consumo, sobre todo cuando hablamos de restaurantes, bares o cafeterías. Para algunas personas es una forma natural de reconocer un buen servicio; para otras, un gasto añadido que conviene decidir con calma al revisar la cuenta. El punto sensible apar

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La propina forma parte de muchas experiencias de consumo, sobre todo cuando hablamos de restaurantes, bares o cafeterías. Para algunas personas es una forma natural de reconocer un buen servicio; para otras, un gasto añadido que conviene decidir con calma al revisar la cuenta. El punto sensible aparece cuando esa decisión deja de estar completamente en manos del consumidor y empieza a integrarse en el proceso de pago como si fuera un cargo más. En México, esa frontera entre costumbre vuelve a estar en el centro de la conversación.
El recordatorio. La práctica se ha extendido lo suficiente como para que Profeco haya tenido que lanzar un recordatorio específico. La Procuraduría Federal del Consumidor señaló que ningún establecimiento que preste un servicio puede exigir el pago de propina ni establecer el monto que debe cubrirse. La dependencia también exhortó a las personas consumidoras a denunciar cuando esto ocurra, porque la propina no puede convertirse en una condición para recibir o cerrar un servicio. Dicho de otra forma: puede plantearse como una opción voluntaria, pero no imponerse ni cargarse como si fuera parte obligatoria de la cuenta.
Lo que dice la ley. La base del recordatorio está en el artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor que establece que “Los proveedores no podrán aplicar métodos o prácticas comerciales coercitivas y desleales, ni cláusulas o condiciones abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos o servicios”. En la práctica, esto significa que la propina puede existir como una gratificación voluntaria por una atención directa, pero no como una condición añadida al consumo.
El recordatorio no se queda solo en una advertencia: también puede traducirse en sanciones. El Diario Oficial de la Federación, el medio oficial donde se publican normas y disposiciones del Gobierno federal, especifica los montos vigentes para 2026. Según esa actualización, las sanciones previstas por la Ley Federal de Protección al Consumidor pueden moverse en estos rangos:
- Artículo 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor: de $1,053.01 a $4,118,491.38 pesos
- Artículo 128 BIS, que también contempla la clausura temporal del negocio: de $219,912.08 a $6,157,537.94 pesos
El monto concreto no es automático: depende de la gravedad de la infracción, la reincidencia y el daño causado al consumidor.
Esa distinción legal choca con una escena que se ha vuelto reconocible al momento de pagar. De acuerdo con La Verdad Noticias, en bares, restaurantes y cafeterías de México el cobro de la propina sigue generando inconformidad, especialmente cuando el personal pregunta si se desea agregarla o cuando aparece incluida directamente en la cuenta. En algunos casos, señala ese medio, se plantea con un porcentaje mínimo del 10%.
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Cada vez más restaurantes de México incluyen la propina en su cuenta: Profeco tiene algo que decirles al respecto
Publicado por Xataka